Propiedad Horizontal especial: Conjuntos inmobiliarios preexistentes

La norma que en el Código sancionado establece que los “conjuntos inmobiliarios preexistentes que se hubiesen establecido como derechos personales o donde coexistan derechos reales y derechos personales se deben adecuar a las previsiones normativas que regulan este derecho real” (art. 2075 tercera p...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autores principales: Cossari, Nelson G. A., Cossari, Leandro R. N.
Formato: Objeto de conferencia
Lenguaje:Español
Publicado: 2017
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/101234
http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Cossari-Nelson-G.A.-y-Cossari-Leandro-R.-N.-Propiedad-Horizontal-especial-Conjuntos-inmobiliarios-preexistentes-Comisi%C3%B3n-7.pdf
Aporte de:
id I19-R120-10915-101234
record_format dspace
institution Universidad Nacional de La Plata
institution_str I-19
repository_str R-120
collection SEDICI (UNLP)
language Español
topic Derecho
Propiedad Horizontal
spellingShingle Derecho
Propiedad Horizontal
Cossari, Nelson G. A.
Cossari, Leandro R. N.
Propiedad Horizontal especial: Conjuntos inmobiliarios preexistentes
topic_facet Derecho
Propiedad Horizontal
description La norma que en el Código sancionado establece que los “conjuntos inmobiliarios preexistentes que se hubiesen establecido como derechos personales o donde coexistan derechos reales y derechos personales se deben adecuar a las previsiones normativas que regulan este derecho real” (art. 2075 tercera parte) acarreaun sinfín de opiniones dispares. En el art. 2075 in fine del Anteproyecto, a diferencia del texto legal vigente, se disponía que “Pueden asimismo existir conjuntos inmobiliarios en los que se establecen los derechos como personales o donde coexisten derechos reales y personales”. La norma proyectada resultaba más adecuada pues, a través de la misma, los conjuntos inmobiliarios no quedaban atados, exclusivamente, al régimen de los derechos reales.Como bien expuso Jorge H. Alterini: “El legislador puede direccionar las realidades pero debe hacerlo con moderación, de allí que si muchos emprendimientos se realizan a través de derechos personales, hubiera sido inadecuado desconocer esa alternativa negocial para no apagar la potencialidad de ese fenómeno económico”. Lamentablemente, el Código sancionado desconoce esta opción y los derechos personales quedarían fuera de la posibilidad de elección.
format Objeto de conferencia
Objeto de conferencia
author Cossari, Nelson G. A.
Cossari, Leandro R. N.
author_facet Cossari, Nelson G. A.
Cossari, Leandro R. N.
author_sort Cossari, Nelson G. A.
title Propiedad Horizontal especial: Conjuntos inmobiliarios preexistentes
title_short Propiedad Horizontal especial: Conjuntos inmobiliarios preexistentes
title_full Propiedad Horizontal especial: Conjuntos inmobiliarios preexistentes
title_fullStr Propiedad Horizontal especial: Conjuntos inmobiliarios preexistentes
title_full_unstemmed Propiedad Horizontal especial: Conjuntos inmobiliarios preexistentes
title_sort propiedad horizontal especial: conjuntos inmobiliarios preexistentes
publishDate 2017
url http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/101234
http://jornadasderechocivil.jursoc.unlp.edu.ar/wp-content/uploads/sites/10/2017/08/Cossari-Nelson-G.A.-y-Cossari-Leandro-R.-N.-Propiedad-Horizontal-especial-Conjuntos-inmobiliarios-preexistentes-Comisi%C3%B3n-7.pdf
work_keys_str_mv AT cossarinelsonga propiedadhorizontalespecialconjuntosinmobiliariospreexistentes
AT cossarileandrorn propiedadhorizontalespecialconjuntosinmobiliariospreexistentes
bdutipo_str Repositorios
_version_ 1764820440848531458