Un paso al frente en el nivel inicial

Comencemos por presentar las nuevas disposiciones normativas que fueron establecidas por dos importantes leyes dictadas por el Congreso Nacional en diciembre de 2005 (ley 26.075) y diciembre de 2006 (ley 26.206). La ley 26.075, conocida como Ley de Financiamiento Educativo, en su artículo 2 dispone:...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Guadagni, Alieto Aldo, Lasanta, Tito Ignacio, Álvarez, María Cristina
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad de Belgrano. Centro de Estudios de la Educación Argentina 2013
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.ub.edu.ar/handle/123456789/1917
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Descripción
Sumario:Comencemos por presentar las nuevas disposiciones normativas que fueron establecidas por dos importantes leyes dictadas por el Congreso Nacional en diciembre de 2005 (ley 26.075) y diciembre de 2006 (ley 26.206). La ley 26.075, conocida como Ley de Financiamiento Educativo, en su artículo 2 dispone: El incremento de la inversión en educación, ciencia y tecnología se destinará, prioritariamente, al logro de los siguientes objetivos: a) Incluir en el nivel inicial al cien por ciento (100%) de la población de cinco (5) años de edad y asegurar la incorporación creciente de los niños y niñas de tres (3) y cuatro (4) años, priorizando los sectores sociales más desfavorecidos. b) Garantizar un mínimo de diez (10) años de escolaridad obligatoria para todos los niños, niñas y jóvenes. Asegurar la inclusión de los niños, niñas y jóvenes con necesidades educativas especiales. Lograr que, como mínimo, el treinta por ciento (30%) de los alumnos de educación básica tengan acceso a escuelas de jornada extendida o completa, priorizando los sectores sociales y las zonas geográficas más desfavorecidas.