Ley del creador y derecho
Resumen: Se trata de la ley del Creador y del obrar humano. La ponencia continúa preocupaciones de otros trabajos nuestros y gira sobre preguntas como ésta: ¿es cierto que el derecho natural es propio de los iusfilósofos y el positivo de los juristas? Algunos hablan del «jurista positivo» como op...
Autor principal: | |
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Formato: | Artículo |
Lenguaje: | Español |
Publicado: |
Pontificia Universidad Católica Argentina. Facultad de Filosofía y Letras
2021
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Acceso en línea: | https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/12879 |
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DERECHO NATURAL DIOS METAFISICA DERECHO POSITIVO HOMBRE Hernández, Héctor H. Ley del creador y derecho |
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Resumen: Se trata de la ley del Creador y del obrar humano. La ponencia continúa preocupaciones
de otros trabajos nuestros y gira sobre preguntas como ésta: ¿es cierto que
el derecho natural es propio de los iusfilósofos y el positivo de los juristas? Algunos
hablan del «jurista positivo» como opuesto al «jurista naturalista». Para afirmar que
hay derecho natural, ¿es preciso «pasar» por Dios y/o por la metafísica aristotélica, de modo que la afirmación de tal derecho sea algo «intrasistémico» a una corriente filosófica?
Si el asunto es así, el jurista iusnaturalista nada tiene que hacer en la esfera
socio-político-jurídica de sus conciudadanos que no lo sean: como el hiato sería insoluble,
nos estaría vedado todo diálogo, impedido todo aporte y estaríamos liberaos
de carga intelectual seria en esta civilización. En el mejor de los casos, el «derecho
natural» que enseñamos sólo habría tenido vigencia en una sociedad pasada, y pretender
que hoy la tenga sería una utopía trasnochada que, como todas las utopías,
no hay que cultivar sino desalentar. Esta visión, por lo demás, podría ser caldo de
cultivo para asignar al pensamiento tomista alguna función de aproximación lejana,
que intente rescatar y acomodarse a toda costa a «algo positivo» del mundo o del
«nuevo orden mundial», que sería radicalmente incapaz de comprender la existencia
misma en los hombres de una verdadera ley del Creador.
Parece interesante reparar en que Santo Tomás, que considera la beatitud en sí
misma como «creada» 2, 3, 1) y a la gracia como causada 112), llegue a decir
que la ley natural no es algo distinto de la ley eterna 91, 3 ad 1), a pesar de ser,
las tres cosas, «participación» (1-II 91, 3, 1 ad 1; 91, 2, y 110, 4). Afirmar para él que
hay una ley jurídica natural, será afirmar que el hombre formula una verdadera ley
creador que debe informar como verdadero principio de la razón práctica las leyes
humanas y debe guiar su conducta. |
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