Convocar al Consejo Económico Social y Consejo Técnico Pedagógico

La Asamblea Extraordinaria del CFCyE, 17, resuelve convocar al Consejo Económico Social y al Consejo Técnico Pedagógico, de acuerdo a lo previsto por el art. 58 de la Ley Federal de la Educación. El Comité Ejecutivo requerirá a las organizaciones gremiales empresarias de la producción y los servicio...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: MENEM Presidente, RODRIGUEZ Ministro
Formato: legislation
Publicado: 2010
Materias:
Acceso en línea:http://repositorio.educacion.gov.ar:8080/dspace/handle/123456789/53739
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description La Asamblea Extraordinaria del CFCyE, 17, resuelve convocar al Consejo Económico Social y al Consejo Técnico Pedagógico, de acuerdo a lo previsto por el art. 58 de la Ley Federal de la Educación. El Comité Ejecutivo requerirá a las organizaciones gremiales empresarias de la producción y los servicios, a la Confederación General del Trabajo y al Consejo Interuniversitario Nacional, la designación de los representantes para la integración del Consejo Económico Social. La Asamblea Federal designará especialistas, uno por la Nación y uno por cada región a propuesta de las mismas, y el Comité Ejecutivo invitará a la organización gremial de trabajadores de la educación de representación nacional mayoritaria a designar dos, para integrar el Consejo Técnico Pedagógico. Se establece duración de los cargos y que las funciones serán con carácter "ad honorem"
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