Los convenios internacionales de las entidades miembros de un estado federal : El caso argentino

En el presente trabajo se parte de una regla común a todos los Estados federales cual es que las relaciones exteriores están en cabeza del gobierno de la federación, para luego examinar las excepciones a la misma. Para ello se revisan las normas constitucionales de varios países a fines de analizar...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Cenicacelaya, María de las Nieves
Formato: Articulo
Lenguaje:Español
Publicado: 2015
Materias:
Acceso en línea:http://sedici.unlp.edu.ar/handle/10915/50472
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Descripción
Sumario:En el presente trabajo se parte de una regla común a todos los Estados federales cual es que las relaciones exteriores están en cabeza del gobierno de la federación, para luego examinar las excepciones a la misma. Para ello se revisan las normas constitucionales de varios países a fines de analizar en qué casos y bajo qué requisitos se habilita a las entidades federadas a relacionarse con organismos del extranjero. Del mismo se da cuenta de algunas experiencias relevantes que ejemplifican cómo, en los estados con competencias multinivel, cada vez más las esferas inferiores asumen atribuciones que antes estaban reservadas exclusivamente a la instancia soberana. Luego se analiza desde una perspectiva normativa y doctrinaria cual era la situación en la Argentina antes de 1994 y cuáles son las novedades que en la materia introdujo la reforma constitucional de ese año a nivel nacional, así como qué respuesta han dado al respecto las constituciones provinciales. Asimismo efectuamos una breve referencia al modo de ejecución de estas competencias a través de la organización administrativa provincial para concluir que la posibilidad de que las entidades locales puedan celebrar convenios internacionales puede resultar una valiosa herramienta para el desarrollo local y regional.