La regulación de las sociedades no constituidas regularmente en la ley general de las sociedades
La regulación de la Sección IV de la Ley General de Sociedades establece una nueva herramienta jurídica más ágil y adaptable a la organización empresaria en estado de emprendimiento, frente al proceso inscriptorio que genera costos económicos y burocráticos que atentan contra esas pequeñas y mediana...
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Facultad de Derecho
2014
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I10-R349-article-124052024-09-03T21:40:08Z La regulación de las sociedades no constituidas regularmente en la ley general de las sociedades Furiasse, Romina Sociedad irregular Ley General de Sociedades Tipicidad Sociedad en formación La regulación de la Sección IV de la Ley General de Sociedades establece una nueva herramienta jurídica más ágil y adaptable a la organización empresaria en estado de emprendimiento, frente al proceso inscriptorio que genera costos económicos y burocráticos que atentan contra esas pequeñas y medianas empresas. Configura un régimen residual y abarcativo para las sociedades atípicas, las irregulares -entendida como aquella que no cumple con los requisitos de forma-, las que omiten requisitos esenciales no tipificantes y las sociedades de hecho, sin los tintes sancionatorios del régimen originario, pero dicha regulación no puede ser considerada como un nuevo tipo social “implícito” o no nominado expresamente por la ley. Facultad de Derecho 2014-12-26 info:eu-repo/semantics/article info:eu-repo/semantics/publishedVersion application/pdf https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/12405 Estudios de Derecho Empresario ISSN 2346-9404; Vol. 4 (2014): Estudios de Derecho Empresario 2346-9404 spa https://revistas.unc.edu.ar/index.php/esdeem/article/view/12405/12716 Derechos de autor 2015 Estudios de Derecho Empresario |
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