Criterios para la elaboración de estudios de impacto ambiental /
La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS), viene desarrollando distintas acciones para cumplir con los objetivos de preservación, protección ambiental; e implementación del desarrollo sustentable. La utilización racional y conservación de los recursos naturales, renovables y no reno...
Guardado en:
Autor principal: | |
---|---|
Formato: | Libro |
Lenguaje: | Inglés Español |
Publicado: |
Buenos Aires:
Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación,
2014 .
|
Edición: | 1a ed. |
Aporte de: | Registro referencial: Solicitar el recurso aquí |
LEADER | 01760nam a22002057a 4500 | ||
---|---|---|---|
003 | AR-VlUNLC | ||
005 | 20211006170651.0 | ||
008 | 190813b ||||| |||| 00| 0 eng d | ||
999 | |c 132 |d 132 | ||
020 | |a 9789872934040 | ||
040 | |a AR-VlUNLC |b spa |c AR-VlUNLC | ||
041 | |a spa | ||
082 | |2 22 |a 577 | ||
100 | |a Reinoso, Luis Fernando |9 581 | ||
245 | |a Criterios para la elaboración de estudios de impacto ambiental / |c Luis Fernando Reinoso | ||
250 | |a 1a ed. | ||
260 | |a Buenos Aires: |b Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable de la Nación, |c 2014 . | ||
300 | |a 152 p. |b 27 x 21 cm. | ||
520 | |a La Secretaría de Ambiente y Desarrollo Sustentable (SAyDS), viene desarrollando distintas acciones para cumplir con los objetivos de preservación, protección ambiental; e implementación del desarrollo sustentable. La utilización racional y conservación de los recursos naturales, renovables y no renovables, son parte de estos objetivos tendientes a alcanzar un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano, en el marco de lo dispuesto en el artículo 41º de la Constitución Nacional. La Ley General del Ambiente Nº 25.675 establece los “presupuestos mínimos para el logro de una gestión sustentable y adecuada del ambiente, la preservación y protección de la diversidad biológica y la implementación del desarrollo sustentable”, definiendo los principales objetivos que deberá cumplir la política ambiental nacional. El procedimiento de Evaluación de Impacto Ambiental (EIA) ha sido incorporado como instrumento de política y de gestión ambiental en el artículo 8º de dicha ley, estableciendo sus respectivos presupuestos mínimos de protección ambiental en los artículos 11º, 12º y 13º. | ||
942 | |2 ddc |c BK |0 2 |