Persona jurídica en el Derecho Internacional Privado

Resumen: Para estar ante un conflicto societario con elementos extranjeros, debemos colocarnos frente a una sociedad extranjera, entendiéndose por tal a aquella que se rige por una lex societatis diferente de la argentina. En balance se puede decir que la normativa actual posee una finalidad tuitiva...

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Detalles Bibliográficos
Autor principal: Feuillade, Milton C.
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: Universidad Católica Argentina. Facultad de Derecho 2020
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/9674
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Descripción
Sumario:Resumen: Para estar ante un conflicto societario con elementos extranjeros, debemos colocarnos frente a una sociedad extranjera, entendiéndose por tal a aquella que se rige por una lex societatis diferente de la argentina. En balance se puede decir que la normativa actual posee una finalidad tuitiva que es evitar las sociedades off shore constituidas en paraísos fiscales que de manera clandestina intentan eludir sus responsabilidades patrimoniales y tributarias. El proyecto de modificación de la Ley General de Sociedades deja ciertas dudas en aspectos esenciales como la actuación en actos aislados de las sociedades extranjeras.