"Hobby Lobby" : la Corte Suprema de los Estados Unidos resguarda la libertad religiosa ante mandato abortivo

¿Se puede obligar a una empresa a financiar métodos abortivos en contra de las convicciones religiosas de sus dueños? ¿Alcanza a las personas jurídicas con fines de lucro la protección de la libertad religiosa? En torno a estas dos preguntas fundamentales se desenvuelve la sentencia de la Corte Su...

Descripción completa

Detalles Bibliográficos
Autor principal: Lafferrière, Jorge Nicolás
Formato: Artículo
Lenguaje:Español
Publicado: La Ley 2019
Materias:
Acceso en línea:https://repositorio.uca.edu.ar/handle/123456789/8848
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Descripción
Sumario:¿Se puede obligar a una empresa a financiar métodos abortivos en contra de las convicciones religiosas de sus dueños? ¿Alcanza a las personas jurídicas con fines de lucro la protección de la libertad religiosa? En torno a estas dos preguntas fundamentales se desenvuelve la sentencia de la Corte Suprema de los Estados Unidos dictada el 30 de junio de 2014 en los expedientes "Sylvia Burwell, Secretary of Health and Human Services, et al., petitioners v. Hobby Lobby Stores, Inc. Et Al." (Docket 13-354) y "Conestoga Wood Specialties Corporation et Al., v. Sylvia Burwell, Secretary of Health and Human Services, et al." (Docket 13-356) (1). La Corte Suprema, por 5 a 4 votos, en razón de la libertad religiosa protegida por la Ley de Restauración de la Libertad Religiosa de 1993 (Religious Freedom Restoration Act, en adelante RFRA), decretó la invalidez del mandato contraceptivo dictado por el Departamento de Salud (HHS) que obligaba a empresas con fines de lucro pertenecientes a dueños con convicciones religiosas contrarias al aborto, a financiar cuatro métodos que tienen efecto abortivo. El voto de la mayoría fue redactado el juez Samuel Alito, y fue suscripto por el presidente de la Corte, John Roberts, y los jueces Antonin Scalia, Clarence Thomas y Anthony M. Kennedy (según su voto), mientras que Ruth Bader Ginsburg redactó un voto en disidencia, acompañada por la jueza Sonia Sotomayor y, parcialmente, por los jueces Stephen Breyer y Elena Kagan, que también conformaron la minoría. En el presente comentario nos proponemos considerar los hechos que dieron lugar al planteo y dos tópicos jurídicos: la cuestión de la libertad religiosa aplicada a empresas con fines de lucro, entendidas como "personas", y el problema de la obligatoriedad de cubrir anticonceptivos abortivos frente a las convicciones religiosas.