La RT 26: ¿solución y/o problema?

La comparabilidad de los estados financieros es de mucha utilidad para los usuarios de la información contable. El objetivo de este trabajo es examinar el efecto que tiene la adopción de uno u otro juego de normas contables respecto al atributo de comparabilidad de la mencionada información. Hoy en...

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Detalles Bibliográficos
Autores principales: Belga, Liliana, Bernatene, María, López Domaica, Jorge, Maestromey, Marcelina, Wilches, Susana E.
Formato: Documento de conferencia publishedVersion
Lenguaje:Español
Publicado: 2013
Materias:
Acceso en línea:http://nulan.mdp.edu.ar/1947/
http://nulan.mdp.edu.ar/1947/1/01512.pdf
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description La comparabilidad de los estados financieros es de mucha utilidad para los usuarios de la información contable. El objetivo de este trabajo es examinar el efecto que tiene la adopción de uno u otro juego de normas contables respecto al atributo de comparabilidad de la mencionada información. Hoy en día podemos encontrar empresas de similares características que no cotizando en la bolsa de valores, pueden optar preparar sus estados contables según los lineamientos de las Normas Contables emitidas por la Federación Argentina de Consejos Profesionales de Ciencias Económicas (FACPCE), o a lo que prescriben las Normas Internacionales de Información Financiera (NIIF) o bien las Normas Internacionales de Información Financiera para las Pequeñas y Medianas Empresas (NIIF para PyMEs). Si bien la idea primigenia fue limitarnos a comparar qué diferencias podían existir en cuanto a la exposición de la información financiera no pudimos evitar tratar algunos temas de valuación que tensionan fuertemente la comparabilidad, analizada como un requisito relevante de la información contable y que se transmite al momento de la exposición de la información financiera con destino a terceros. En Argentina hace más de 3 décadas que nuestra profesión ha adoptado las normas contables emanadas de la F.A.C.P.C.E y aprobadas por los Consejos Profesionales al momento de emitir los estados contables. Pero la globalización y la internacionalización de la economía impulsaron a la FACPCE a iniciar un proceso de armonización de las Resoluciones Técnicas (RT) con las Normas Internacionales de Contabilidad, apoyándose en distintos proyectos emanados de las secretarías técnicas de los Consejos Profesionales que la conforman. Luego de atravesar por los debidos periodos de consulta se generaron las resoluciones Técnicas 16 a la 21 y las interpretaciones de normas contables y de auditoría de 1 hasta 3. La puesta en vigencia de las Normas Internacionales en nuestro país se hizo por aplicación de la Resolución Técnica 26, luego modificada por la Resolución técnica 29. Las NIIF emanadas del IASB están diseñadas como un conjunto de normas para su aplicación a los estados financieros de propósito general y otras informaciones financieras de todas las entidades con fines de lucro, no obstante pueden ser encontradas adecuadas para su aplicación en entidades que desarrollen tales actividades, tanto públicas como privadas. Las Normas Internacionales de Información Financiera comprenden: Normas Internacionales de Información Financiera (después 2001); Normas Internacionales de Contabilidad (antes de 2001); Interpretaciones NIIF (después de 2001); (antes de 2001); Interpretaciones de las NIC (antes de 2001). La Resolución Técnica 26 establece la aplicación obligatoria de las NIIF en las entidades bajo el control de la comisión nacional de valores, entidades incluidas en el régimen de oferta pública de la ley 17811: * Por su capital o; * Por sus obligaciones negociables o; * Que hayan solicitado autorización para estar incluidas en ese régimen. Excepto: 1. Entes para los cuales la CNV acepte que adopten criterios contables de otros organismos de control; 2. Los entes no alcanzados o exceptuados podrán aplicar opcionalmente: * Las NIIF; * Las NIIF para Pymes; * Las Normas Contables Profesionales emitidas por la FACPCE o las que se emitan el futuro.Con el desarrollo de un sencillo caso de aplicación, planteando una empresa comercial que está terminando su primer ejercicio económico y que podría ser cualquiera de las tantas que se desenvuelven en nuestra ciudad, pudimos constatar que surgen importantes diferencias y que pueden tener serias consecuencias a la hora de tomar decisiones por parte de los usuarios, tanto internos como externos a la gestión de la organización. En determinadas circunstancias, las empresas pueden verse tentadas a elegir las NIIF al momento de preparar sus estados contables porque les conviene para presentarse a alguna licitación internacional, o al momento de solicitar un crédito en entidades bancarias, o simplemente, posicionarse mejor ante algún competidor internacional, pero quienes tomen la decisión de optar por las NIIF en las empresas medianas y pequeñas de nuestro medio deberán tener en consideración el cambio que ello implica tanto en la medición de activos, pasivos y resultados como en la exposición de la información financiera. Si bien el periodo de transición habilita la posibilidad, a través de ajustes y conciliaciones de comparar la información con el ejercicio inmediato anterior, se vulnera el requisito en cuestión respecto a ejercicios de más antigüedad, sumado a la gran dificultad que se presenta al momento de comparar con otras empresas, cuestión no menor en una ciudad como Mar del Plata, que cuenta con un número interesante de empresas pequeñas o medianas que desarrollan distintas actividades. Para que los datos contenidos en sucesivos juegos de estados contables o informes contables internos sean comparables se requiere: * Que estén expresados en la misma unidad de medida; * Que los criterios empleados para la medición de los componentes del patrimonio sean coherentes; * Cuando los informes contables brinden información de dos o más periodos, que todos los datos estén trabajados sobre las mismas bases; * Que las NC hayan sido aplicadas sin variaciones de un periodo a otro. * Que los cambios en las NC afecten la comparabilidad no implica que estos no se lleven a cabo, sino que debe agregarse la información necesaria para corregir esos efectos en los estados contables.