El paisaje como objeto de tutela en la normativa de base en Argentina
En la República Argentina no existe -a nivel de normativa de base- “paisaje” como objeto de tutela especifico, lo que lo posiciona en un permanente campo de conflicto de intereses entre un tipo de desarrollo -no sustentable- y los derechos de incidencia colectiva. Uno de los desafíos que afronta el...
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| Autor principal: | |
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| Formato: | Artículo revista |
| Publicado: |
Centro de Investigaciones Jurídicas y Sociales - FD - UNC - CONICET
2026
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| Materias: | |
| Acceso en línea: | https://revistas.unc.edu.ar/index.php/anuariocijs/article/view/52735 |
| Aporte de: |
| Sumario: | En la República Argentina no existe -a nivel de normativa de base- “paisaje” como objeto de tutela especifico, lo que lo posiciona en un permanente campo de conflicto de intereses entre un tipo de desarrollo -no sustentable- y los derechos de incidencia colectiva. Uno de los desafíos que afronta el derecho, es la tutela del paisaje desde su normativa de base. El presente trabajo tiene por objetivo partir del concepto de paisaje y presentar las distintas posibilidades de encuadre jurídico como objeto de tutela en el ordenamiento jurídico argentino a partir de la normativa de base y las opciones según se trate del componente que lo defina o de la línea de tutela en la que se enmarque. |
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